El tribunal rechaza por prematuro el recurso del Defensor del Pueblo y deja vigente la medida que afecta a 163.020 ciudadanos nacionalizados por la conocida como ley de nietos, de cara a las elecciones del 29 de noviembre.
Soldecanarias.net / Redacción
El Tribunal Constitucional ha decidido no admitir el recurso presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión cautelar del derecho al voto de miles de españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática.
La resolución, adoptada este miércoles por diez votos a favor y dos en contra, considera que el recurso de amparo presentado por Ángel Gabilondo se ha planteado de forma prematura. De este modo, continúa vigente la medida acordada por el Tribunal Supremo, que afecta potencialmente a 163.020 personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
La restricción se aplica a quienes no hayan acreditado que descienden de personas exiliadas en las circunstancias previstas por la normativa. El objetivo alegado por el Supremo es garantizar la legalidad y la transparencia del censo electoral.
No obstante, el Constitucional no ha entrado a valorar el fondo del asunto, por lo que la disputa judicial sigue abierta. La medida tampoco implica la pérdida de la nacionalidad española de los ciudadanos afectados.


