31.9 C
Tenerife
jueves, noviembre 13, 2025

Sobresueldos a tres funcionarios de San Bartolomé de Tirajana: pagos del Gran Capitán a sus leales por encima de la ley y en el que actuaron como una piña Marco Aurelio y Conchi Nárvaez

Una de ellas, la tesorera, es la que promovió el millonario Congreso de Funcionarios

FUENTE: EDDC.NET / Las Palmas de Gran Canaria

¿Cómo es posible? ¿Por qué este empeño? Dos alcaldables, Marco Aurelio y Conchi Nárvaez, la derecha y la izquierda, unidos en un propósito común. Favorecer por encima de todo y de todas a tres funcionarios en este caso. Uno de ellas, la interventora, una de las gemelas viajeras, que fue la que llevó ese famoso Congreso de Habilitados Nacionales y que costó la nada despreciable cantidad de 520.000 mil euros a las arcas públicas y del que colea un procedimiento judicial.

Decía la afectada que iba a tirar de la manta y que SBT era como Marbella. Todavía la estamos esperando. ¿Hablaría Tania de esto que estamos aquí relatando?  ¿Hablaría del papel del comisario, un madero reciclado, útil para todo? O del papel del secretario general.

Todo empezaba con Marco Aurelio Pérez Sánchez, el cual aprobó el acuerdo en el pleno del 7 de abril de 2016 sobre la “modificación presupuestaria en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, así como sus Bases de Ejecución, y el anexo de personal”.

Los sindicatos representativos del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, tales como: UGT, CCOO, SEPCA, CSIF, IC, STAP-SIPC además del Comité de Empresa del Ayuntamiento presentaron alegaciones/recursos contra dicho acuerdo, y en especial tal como se recogen en todas las sentencias contra esa mas que arbitraria subida del complemento específico (sobresueldo camuflado) de estos 3 funcionarios: del Secretario General del Ayuntamiento, del polémico Comisario de la Policía Local (ilegalidad de su nombramiento por ser nulo de pleno derecho y por carecer además de la titulación requerida para esa plaza de Comisario para estar cobrando como Grupo A1 en su escalafón más alto, el 28)  y de la Interventora General; que dieron lugar a la interposición de múltiples demandas ante los juzgados de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, estimándose todas ellas por falta de negociación colectiva con dichas organizaciones sindicales, y ya declaradas firmes por la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Sentencias ya firmes

1.- SEPCA. Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Las Palmas de GC del Procedimiento Abreviado nº 211/2016 y cuya Sentencia es de fecha 23 de marzo de 2018.  TSJC. Sección Primera nº de Proc. 275/2018 con la Sentencia nº 236/2019 de fecha 1 de abril de 2019 (siendo todavía alcalde D. Marco Aurelio Pérez).

2.- UGT y CC.OO. Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de GC nº 2 del Procedimiento Ordinario nº 228/2016 con su Sentencia nº 76/2018 de fecha 5 de marzo de 2018 (siendo todavía alcalde D. Marco Aurelio Pérez).

3.- IC (Intersindical Canaria). TSJC – Sección Primaria del Procedimiento Ordinario 244/2016 con  la  Sentencia  de  fecha  27  de  mayo de 2019 y que adquirió firmeza el 20 de septiembre de 2019 (siendo todavía alcalde D. Marco Aurelio Pérez).

4.- CSIF (Central Sindical Independiente y de Funcionarios). TSJC. Sección Primera. Procedimiento Ordinario nº 245/2016. Sentencia nº 139/2019 de fecha 11 de febrero de 2019 y que adquirió firmeza el 24 de mayo de 2019 y que fue notificada el 6 de junio de ese mismo año (siendo todavía alcalde. Marco Aurelio Pérez).

Más claro agua. Y contundente. Pero no. Hay dos mundos. El de la gente normal donde la ley se cumple y luego otro, asentado en San Bartolomé de Tirajana, donde ocurre todo lo contrario y en el que la justicia por ejemplo, es una incomodidad. Y quien se batió el cobre, es inexplicablemente la ex alcaldesa socialista.

Decreto donde se retiraba dicho complemento

El 26 de agosto de 2019 en ejecución de esas múltiples sentencias firmes se firmó ese decreto por parte del concejal delegado del área de RR.HH Alejandro Marichal, para que a partir de ese mes le retirasen ese aumento del Complemento Específico que arbitrariamente puso el anterior grupo de gobierno de mayoría absoluta (Marco Aurelio Pérez) a estos 3 funcionarios, generando un enriquecimiento injusto por su arbitrariedad, e ilícito por sus formas de hacer este acuerdo de estos trabajadores.

Teniendo conocimiento que desde la Alcaldía (alcaldesa Concepción Nárvaez) y de modo propio se solicitó al Cabildo Insular de Gran Canaria, cuando lo más normal/habitual hubiese sido al Tribunal Superior de Justicia de lo Contencioso Administrativo, para la emisión de un informe sobre la ejecución de las mencionadas sentencias firmes.

Teniendo también conocimiento que desde el Cabildo Insular de Gran Canaria se volvió y ya por segunda vez a elaborar un informe hecho a medida al igual que el anterior, que además de no ser vinculante ni preceptivo, puesto que este Ayuntamiento no tenía en ese entonces del primer informe ni tampoco ahora que yo sepa Convenio de Colaboración con el Cabildo conforme dice la Ley de Municipios Canarios en su artículo 12, que permite que los Cabildos y Ayuntamientos puedan firmar un convenio para los informes que necesiten los ayuntamientos, cuando no tengan funcionarios técnicos cualificados, es decir, ayuntamientos pequeños, y que no es el caso de SBT, al contar con técnicos y juristas más que cualificados, puesto que al parecer el único objetivo de dicho polémico informe en base a sus alegaciones era sobre que el órgano competente para retirarles dicho complemento tenía que ser el Pleno, y que en eso llevaban razón, además de tratar de devolverles ese año impagado (+- 75.000 euros aprox.) y de seguir cobrando ese más que manifiesto ilegal aumento de CE, aparte de condonarles esos 3 años y medio injustamente e ilegalmente cobrados, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de julio de 2019 (239.977,06 euros más intereses procedentes devengados). Y en el caso de que fuera cierto ese error, y que al parecer lo era, pues se subsanaba llevándolo al Pleno, miren que fácil lo tenían, pero “NO” devolviéndoles ese CE impagado desde agosto de 2019.

Ese informe externo presuntamente a la carta (Cabildo) contradecía lo dicho por dos funcionarios de carrera municipales, pero que coincidía en su totalidad con el que su compañero de despacho en esa Asesoría Jurídica del Cabildo. Juan José Ramos López hizo en su etapa de asesor de confianza de  Marco Aurelio Pérez además del Comisario, si ese letrado que es también compañero y portavoz además de partido PPAV de Santa Lucía sostenía en pocas palabras, que no procedía solicitar el reintegro de las cantidades cobradas de más por el comisario, la tesorera y el secretario porque el único acto que se declaraba nulo es el acuerdo del Pleno de 7 de abril de 2016, pero no aquellos por los que cobraron, y que hay que pagarles lo dejado de percibir desde agosto de 2019 hasta la fecha, porque el decreto del Concejal era nulo de pleno derecho, porque el órgano competente era el pleno y que era cierto, y además, que hay que seguirles pagando porque los presupuestos posteriores al de 2016, convalidaron ese incremento del complemento específico al prever dichas cantidades en los mismos.

El 18 de enero de 2023 se publica el dictamen 17/2023 (403/2022 de 25 de octubre) del Consejo Consultivo de Canarias solicitado por la  alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana en relación con la propuesta de resolución del procedimiento de revisión de oficio de la Resolución del Concejal Delegado de Recursos Humanos y Personal de 26 de agosto de 2019 y del Decreto de Alcaldía nº 2.677 de 13 de junio de 2019 (EXP. 495/2022 RO) firmado por el actual alcalde. Marco Aurelio Pérez Sánchez 2 días antes de la Toma de Posesión de Concepción Narváez como alcaldesa el 15 de junio de 2019.

En cuanto a la tramitación del presente procedimiento administrativo de revisión de oficio cabe señalar que:

  1. a)     Este procedimiento de inició por Decreto de Alcaldía, adoptado el 2 de septiembre de 2022, en consecuencia, la Resolución definitiva debía dictarse antes del día 2 de marzo de 2023, momento en el que se produciría su caducidad (art. 106.5 LPACAP).
  2. b)    Nos encontramos ante un supuesto de nulidad de pleno derecho del art. 47.1.b) LPACAP, ya que al afectar dichas sentencias a un acuerdo plenario debe ser este órgano el que también tome conocimiento de las mismas y el que ordene, previo los informes jurídicos preceptivos, las actuaciones administrativas de ejecución.
  3. c)     Así mismo, se le otorgó el trámite de vista y audiencia a los tres empleados públicos del Ayuntamiento afectados por el acuerdo plenario declarado nulo al que ya se ha hecho mención, presentando uno de ellos escrito de alegaciones, por el que mostró su conformidad con el presente procedimiento administrativo.
  4. d)    En un momento posterior, el día 4 de noviembre de 2022, se emitió un informe acerca de sus alegaciones por parte del Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento, que no aportó nada nuevo al expediente, motivo por el que fue innecesario un nuevo trámite de vista y audiencia (art. 82.4 LPACAP).
  5. e)     Finalmente, el día 5 de diciembre de 2022, se emitió la Propuesta de Resolución definitiva, objeto del presente procedimiento administrativo, que declaró la nulidad de la Resolución del Concejal Delegado de Recursos Humanos y Personal de 26 de agosto de 2019 y del Decreto de Alcaldía nº 2677 (Marco Aurelio como alcalde), por considerar que ambas incurrían en la causa de nulidad del art. 47.1.b) LPACAP.

Queda clarito. Lo hemos contado con pelos y señales. Pero ahí siguen. Es de justicia que apliquen la ley en toda su amplitud y que acabe este mundo de funcionarios privilegiados, esos que con estos sobresueldos luego se embarquen en actos tan condenables como el millonario Congreso de Habilitados Nacionales, del que todavía duele lo que costó y sobre todo para lo poco que sirvió.

Artículos Realacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Redes Sociales

3,912SeguidoresSeguir
22,800SuscriptoresSuscribirte
- Advertisement -spot_img

Últimos Artículos

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Configurar y más información
Privacidad